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28 dic 2012

TIPOS O CLASES DE DIVORCIOS

Procesalmente el divorcio se puede llevar a cabo de dos formas:
Por notaria (cuando las dos personas están de acuerdo)
Por Juzgado (cuando no existe acuerdo)


POR NOTARIA
Cuándo existe mutuo consentimiento de los esposos acerca de la necesidad de terminar el vínculo matrimonial, se puede elaborar un acuerdo de tipo integral en el que se establezcan o regulen los aspectos y responsabilidades relacionados con las obligaciones entre los conyugues, y también aquello concerniente a las obligaciones de los padres con los hijos. Más información


POR JUZGADO
Cuando no hay acuerdo entre los conyugues para dar fin al vínculo matrimonial, uno de ellos puede demandar el divorcio ante un juzgado, iniciando así un proceso contencioso o litigioso, en el que se espera tras su finalización, un fallo judicial que dirima acerca de las responsabilidades entre los esposos y entre los padres y los hijos. Más información

1 comentarios:

Pepe Le Fiu dijo...

Y cuando simplemente la rutina ha invadido la relación, de manera que no hay intimidad ni amor y el matrimonio se reduce a dos extraños que viven bajo el mismo techo porque uno de ellos se niega a dar por terminada la unión?